¿Cómo afecta el baremo de indemnizaciones en la Responsabilidad Civil?

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Nos encontramos en el marco jurídico que viene recogido en la Ley 35/2015, cuya entrada en vigor en enero de 2016, y cuyo título es “Ley de Reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación”. 

 

No hay ninguna duda que dicha Ley se ha promulgado para la valoración de lesiones en accidentes de tráfico; en todo caso los Juzgados y Tribunales ya venían aplicando el anterior baremo de tráfico (RD 8/2004) también para cuantificar daños y perjuicios ocasionados a terceros y cuyo origen no tuviera su causa en accidentes de circulación. 

 

Sentado este punto, y siendo conscientes de que el marco legal, seguirá siendo referente para letrados y perjudicados, no es este el momento para su valoración, queriendo en estas líneas simplemente efectuar un breve comentario sobre la Ley. 

 

El legislador ha tardado años en hacer un cambio sustancial en esta materia, sin apenas realizar modificaciones hasta la fecha, aplicando tan solo actualizaciones.

 

El actual marco legal recoge y comprende contingencias que antes nunca fueron tomadas en consideración y amplía las indemnizaciones casi duplicándolas. 

 

Hablamos de los conceptos indemnizatorios recogidos en dicha Ley que van más allá del periodo de baja, secuelas, e incluso incapacidades permanentes; el actual baremo recoge nuevos conceptos como los perjuicios personales básicos, los perjuicios personales particulares, los perjuicios patrimoniales, por daño emergente y por lucro cesante antes no contemplados, que hacen de las indemnizaciones que se puedan duplicar y hasta triplicar en caso de lesionados graves. 

 

Este baremo utilizado para tráfico igualmente es referente y utilizado para cuantificar las indemnizaciones que se puedan producir en accidentes de caza por culpa o negligencia del cazador, debiendo ser afrontadas por sus compañías aseguradoras, hasta el límite de la cobertura. 

 

Esta situación debe hacer reflexionar al sector cinegético, y en especial a los cazadores, así como titulares de los aprovechamientos cinegéticos, en sentido que el actual baremo indemnizatorio tendrá una importante repercusión económica, afectando a sus responsables, y que necesariamente deberán en la contratación de sus nuevas pólizas de seguro ampliar los capitales.

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