Plazos para reclamar un accidente

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Tras un accidente de caza con armas, lo normal es que la Guardia Civil remita el atestado al Juzgado de Instrucción que esté de guardia.

El juzgado a la vista del informe de la Guardia Civil abrirá un procedimiento de investigación.

Se trata de un procedimiento de naturaleza penal para determinar el alcance de unos hechos, investigarlos y así como comprobar la autoría y los detalles.

 

Considerando que se trate de un delito de lesiones o de homicidio imprudente los plazos de prescripción varían en función de la entidad y alcance del daño, así como de las penas a imponer. Estas pueden variar de uno a cinco años.

 

Recordar que tanto en el caso de las lesiones como del homicidio causados por imprudencia menos grave es precisa la denuncia de la persona agraviada o su representante legal. Si no hay denuncia, se corre el riesgo de que el hecho prescriba y el caso se archive.

 

Para el caso de que los hechos no sean constitutivos de un delito (por no haber lesiones penalmente relevantes o por tratarse de daños materiales, por ejemplo), el plazo de la reclamación es el general fijado para la responsabilidad civil extracontractual: un año. Esto en cuanto al perjudicado.

 

Respecto del asegurado, comentar que todo asegurado tiene que dar parte a la compañía con la que tiene concertado el seguro de caza de inmediato. Se trata de que la aseguradora tenga conocimiento de los hechos cuanto antes. Normalmente se establece en las propias condiciones generales de la póliza la obligación de comunicar el siniestro en un plazo de siete días por lo general.

 

Artículo extraído del libro 'Seguros de Caza y Accidentes: aspectos prácticos' de Santiago Ballesteros y perteneciente a la Biblioteca Cinegética de Mutuasport.En este enlace puede leerse íntegramente de forma on line.

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